Y abogado de defensa de la Jueza encontrada incursa en desacato fue acusado de perjuicio en caso de convicto abogado Lutgardo Acevedo
Por Carmen Enid Acevedo
BONITA RADIO
La credibilidad de los protagonistas del insólito caso de la ex jueza María Negron Garcia que fue encontrada incursa en desacato de la Junta del condominio Sol y Playa, está tan cuestionada como la de quien debió cumplir carcel y hoy se encuentra en la libre comunidad cuando un ex compañero de labores resolvió que su privación de la libertad es ilegal sin traer justificación legal alguna.
A menos de doce horas de que resolviera dejar sin efecto el desacato civil y la orden de encarcelación que emitió el juez Abid Quiñones Portalatin, su par y supervisado, el juez Miguel Trabal Cuevas, no había incluido en el registro del caso del Tribunal de Primera Instancia de Aguadilla, una justificación legal para su decisión.
Quien si emitió una orden de siete páginas dejando claro las razones y justificaciones legales para ordenar el ingreso en prisión de Negron Garcia, fue Quiñones Portalatin.
En su escrito rezan por lo menos siete párrafos en las que relata el tracto de un caso que comenzó en el 2021 y que culminó en noviembre de ese año, cuando el Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia de Quiñones Portalatin sobre los permisos nulos que dieron origen a la disputa por la reconstrucción de las zonas recreativas de Sol y Playa.
Negron Garcia es la tercera presidenta de una Junta que estuvo dirigida por Kenny Gutiérrez y Carlos Torres, quienes estuvieron siempre luchando contra la sentencia emitida sobre los permisos ilegales para reconstruir lo que el huracán María destruyó en Sol y Playa. El complejo, construido en 1996, se dearrollo con un deslinde equivocado en la #ZMT de la Playa Los Almendros, según ha trascendido en las investigaciones del caso que ha traído Bonita Radio a la discusión pública.
La ex jueza fue nombrada por primera vez en agosto del 2002, jueza municipal por la entonces gobernadora, Sila María Calderon y en el 2004, ascendida a jueza Superior. Se jubiló como tal en diciembre del 2021.
"En nuestro ordenamiento es hartamente conocido que el procedimiento de desacato se funda en el poder inherente de los tribunales "para mantener y asegurar el orden en su presencia y en los procedimientos ante su consideración, para hacer cumplir sus órdenes, sentencias y providencias, y para realizar u ordenar cualquier acto que resulte necesario a fin de cumplir a cabalidad sus funciones". E.L.A. v. Asoc. de Auditores, 147 DPR669, 681 (1999); 4 LPRA sec. 24o. Para ejercer efectivamente todas estas facultades la ley les autoriza a castigar por desacato. El desacato es un procedimiento sui generis cuya característica esencial es que la parte perjudicada siempre es el tribunal. In re Cruz Aponte, 159 DPR 170, 182 (2003). No se persigue, no obstante, vindicar la persona del juez agraviado, sino que su propósito es rehabilitar la dignidad y autoridad de los foros judiciales. In re Cruz Aponte, supra", lee la resolución del Juez asminiatrador de la región judicial de aguadilla en su página 4.
Añadió el Tribunal: "El desacato, ya sea en su modalidad directa o constructivo, puede ser civil o criminal, independientemente de la naturaleza del procedimiento en que ocurra. Por lo tanto, se puede cometer un desacato civil dentro de un procedimiento criminal y viceversa. Lo que determina si el procedimiento seguido es civil o criminal es "el propósito del castigo y no el carácter del acto castigado". E.L.A. v. Asoc. de Auditores, supra, pág. 683. La diferencia estriba en que la imposición del desacato civil persigue lograr el cumplimiento de una obligación, ya sea que esta emane de una sentencia, orden u otra fuente. Srio. D.A.C.O. v. Comunidad San José, Inc., 130
DPR 782, 804 (1992). Consiste en la imposición de una penalidad por un tiempo indefinido, sujeta a que la persona cumpla con una orden y obligación primaria que forma parte de la acción principal. In re Cruz Aponte, supra, págs. 182-183; Alvarez v. Arias, 156 DPR 352, 372 (2002). Se basa en el sano principio de que la observancia de las órdenes de los tribunal por parte de aquellos contra quienes van dirigidas es de cardinal importancia para la administración de la justicia. Srio. D.A.C.O. v. Comunidad San José, Inc., supra, pág. 804. El desacato civil solo está sujeto a las garantías mínimas del debido proceso de ley, lo que incluye el derecho a ser notificado y una adecuada oportunidad a ser escuchado. United Mine Workers v. Bagwell, 512 U.S. 821, 827 (1994).para la administración de la justicia. Srio. D.A.C.O. v. Comunidad San José, Inc., supra, pág. 804. El desacato civil solo está sujeto a las garantías mínimas del debido proceso de ley, lo que incluye el derecho a ser notificado y una adecuada oportunidad a ser escuchado. United Mine Workers v. Bagwell, 512 U.S. 821, 827 (1994).
¿Quien es el juez Cabral Cuevas que revocó la decisión de Quiñones Portalatin?
Trabal Cuevas, un protegido del ex presidente del Sensdo, Thomas Rivera Schatz, perdió en una primaria en 2008 la candidatura a la Cámara de Representantes por el distrito 16 de San Sebastián, Isabela y Las Marías.
Tras esa contienda, el alcalde de San Sebastián, el penepé Javier Jiménez, lo apoyó y más tarde le retiró el endoso por entender que "le falta temple" y "no tiene madurez".
La jueza presidenta del Tribunal Supremo, Maite Oronoz, emitió una decisión de la Comisión Evaluadora de Jueces que no recomendó a Trabal Cuevas Iara ascenso al foro apelativo.
Entretanto, el abogado que presentó el recurso de Habeas Corpus en favor de Negron García, Edwin Lopez Pérez, es un ex fiscal que fue acusado por el Fiscal Especial Independiente en relación al contable y convicto, Lutgardo Acevedo, quien mató a un parroquiano en medio de un accidente de tránsito y su caso fue amapuchado en el Foro judicial de Aguadilla.
López Pérez enfrentó un cargo de perjurio por presuntamente mentirle al Departamento de Justicia sobre su conocimiento y participación en la escena del accidente de tránsito que su amigo, el excontable Acevedo López, provocó y que segó la vida del guardia de seguridad Félix Babilonia, el 30 de junio de 2012.
Se desconoce en qué quedó el caso de López Pérez ante el FEI que todavía hoy postula ante los foros judiciales del país.
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