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QUESTELL ERA MIEMBRO JUNTA CRIM CUANDO LE AGRUPARON FINCA DEL MUNICIPIO A LA DE SU PROPIEDAD

Por Carmen Enid Acevedo


El ex alcalde de Santa Isabel, Enrique Questell Alvarado, era miembro de la Junta de Gobierno del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) cuando en diciembre del 2014 una empleada suya solicitó la agrupación de fincas incluida la 709 de titularidad municipal, con la de su corporación Aquamak donde hoy opera un negocio de guardería de botes.


En el 2019, cuando se cuestionó la legalidad de la privatización del terreno municipal a manos de Questell y el cierre de acceso al bien de dominio público y el desarrollo en la zona marítimo terrestre, el ex alcalde del Partido Nuevo Progresista (PNP) era el vice presidente de esa Junta, entidad que hizo una auditoría de la agrupación y lo exoneró de cualquier irregularidad en el trámite.


El extremo investigativo y periodístico de los trámites en el CRIM de la actividad de negocio de Questell en la finca 709 propiedad del municipio de Santa Isabel, encontramos un informe de 20 páginas que deja serias dudas de la agrupación que hizo la agencia a pedidos del propio ex alcalde.


A 72 horas de publicada la pesquisa de Bonita Radio que demuestra que Questell se apropió de terrenos municipales, el alcalde del PPD allí, Rafael Burgos Santiago, formalizó contrato con el agrimensor Carlos Vega Santos, para realizar mensura del lugar y recurrir "a los tribunales si es necesario para devolverle esas tierras a la gente de Santa Isabel".



Enrique Questell reunido con Comisionada Residente, Jennifer González y dos legoisladores en el gazebo ilegal en terrenos del municipio de Santa Isabel.

Una transacción solicitada por una empleada municipal, identificada como Ada I. Miranda Negrón, llegó a la Oficina Regional de Ponce el 10 de diciembre del 2014, donde la también empleada, Amarilys Costales, realizó el trámite que llegó a la Oficina de Cartografía y allí el encargado de hacerla fue, Eddie A. De León Santiago. El CRIM aceptó la representación del contribuyente Questell, pues en ese momento no habían adoptadpoprocedimiento formal para autorizar a representantes de contribuyentes. Lo hizo en el 2016.


El informe realizado en el 2019, cuando los pescadores denunciaron que Questell se habría apropiado del terreno municipal durante su incumbencia en la alcaldía, estableció que el análisis de la agrupación se hizo con un "croquis' y no con un plano de mensura como debió hacerse.


"Sobre las servidumbres a las que hace mención la escritura de la propiedad ésta no se detallan en la imagen del catastro digital ya que en el plano o corquis provisto por el contribuyente no se detallan por lo que el personal del catastro digital no lo pueden demarcar en el mapa. Para demarcarlos, hubiese sido necesario un plano de mensura certificado por un agrimensor, no obstante, contrario a los casos de segregaciones, el mismo no es requerido para casos de agrupaciones", lee la página nueve del informe suscrito por el Contador Público Autorizado, Carlos García Rosado.



Además, surge del informe una nota que lee que *02 "posiblemente sea la faja del medio", ejemplos de la certeza con que se hizo en el análisis que finalmente le dio a Questell la oportunidad de alegar que la Finca 709 es propiedad de su corporación Aquamak.


Sobre los requerimientos de información al CRIM , la agencia envió un Resumen Ejecutivo del Informe de Auditoría del 22019, que no contiene las incongruencias que tiene el documento completo.


Bonita Radio - ¿Quién hizo la agrupación de fincas en el CRIM. Qué división, empleado y a petición de quien.


CRIM: "Tal y como se indicó anteriormente, las agrupaciones de fincas NO están a cargo del CRIM. Las agrupaciones las realiza un ingeniero o agrimensor mediante escritura con un notario público la cual se presenta ante el Registro de la Propiedad. Ningún funcionario del CRIM participa en ese proceso de agrupación de fincas.


Bonita Radio - ¿Qué ha hecho Paniagua Látimer ante el referido de la Cámara de Representantes - Estrella Martínez Soto - sobre informe que adjudica la titularidad de terrenos que ocupa Questell y donde opera un negocio privado de guardería de botes, al municipio de Santa Isabel?


CRIM: "Aunque hubo una comunicación preliminar por parte de la Oficina de la Representante, el CRIM está a la espera de una comunicación oficial con el formato que se requiere, para proceder como corresponda de acuerdo a la solicitud".


CRIM: Adjunto te compartimos un Resumen del contenido del informe, el

cual fue solicitado por el director ejecutivo Reinaldo Paniagua, a la Oficina de de Auditoria Interna . La división de Auditoría Interna indicó que el informe forma parte de sus procesos internos, por lo cual no puede divulgarlo en su totalidad y el Resumen hace referencia a su protocolo de divulgación".

La pesquisa de Bonita Radio desmiente al CRIM y a su director ejecutivo Paniagua Látimer. Si hubo agrupación por parte del empleado De León Santiago y al menos cuatro empleados hicieron trámites relacionados a la petición del Ex Alcalde. No hay escritura ni hay documento notarizado de mensura de un agrimensor.


Sobre la agrupación de fincas en favor de Questell, el agrimensor Carlos Vega Santos determinó, como una de las conclusiones de la investigación de la Comisión para el Desarrollo y la Fiscalización de Fondos Públicos de la Región Sur Centra que preside la representante Popular, Estrella Martínez Soto, que "los códigos con el número 67-07-437-046-004-03 son pertenecientes a la propiedad del municipio de Santa Isabel y de sus Usufructuarios ya que solo se inscribían sus estructuras. Mientras que el número 67-07-437-046- 004-05 es la propiedad del Sr. Manuel A. Emanuelli, dueño del Restaurante Aquarium para esta época. Es por esta razón que no entendemos cómo el Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales pudo concluir en su informe que el municipio de Santa Isabel no tenia propiedades en esta área".


Añadió que "la propia información provista por estos, señala claramente la tenencia de terrenos municipales en esta área de controversia. Razón por lo cual, le sugerimos al CRIM que vuelva a analizar su propia información histórica con el detenimiento que este caso amerita. Surge de su propia información histórica la ubicación de los terrenos municipales y las estructuras de sus usufructuarios identificados con el código: 67-07-437-046-004-03. "el mismo código que fue utilizado junto con el código 67-07-437-046-003-02 para agrupar varias fincas, allegadas de la corporación Aquamak, Corp. (Apéndice Núm. 34C). Agrupación que no procedía pues de la propia información histórica del CRIM, señalaban estos terrenos como propiedad del Gobierno Municipal de Santa Isabel".







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